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Fecha: jueves 6, octubre 2022
Categoría: CAFirma

Probablemente, nunca te has parado a pensar las ventajas que proporciona el estar Colegiado como Administrador de Fincas. Pues bien, en este post trataremos de que puedas conocer los beneficios y ventajas de ser colegiado, igualmente veremos si es obligatorio colegiarse para ser administrador de fincas e incluso, si existen desventajas por colegiarse.

¿Qué es un administrador de fincas colegiado?

En líneas generales, el Administrador de Fincas puede ejercer su profesión tanto si está colegiado como si no lo está. La principal diferencia entre colegiarse o no radica básicamente en la protección y confianza en la prestación de sus servicios que queda amparada bajo el respaldo del colegio oficial, organismo que salvaguarda la actividad del profesional ejerciente.

Un Administrador de Fincas Colegiado es un profesional que ejerce sus funciones con la garantía y seguridad jurídica que le otorga contar con el respaldo del colegio oficial. Cuando un profesional actúa bajo el paraguas de un colegio, ofrece al cliente receptor de sus servicios, mayor garantía y plena seguridad en los servicios prestados.

El Administrador de Fincas Colegiado cumple con la función de gobernar y conservar los bienes encomendados, la obtención del rendimiento adecuado y al asesoramiento de las cuestiones relativas a los bienes inmuebles.

Ventajas de ser un administrador de fincas colegiado

En relación con las ventajas que ofrece estar colegiado, podemos decir que la principal es que se puede ejercer como administrador de fincas titulado. Este aspecto, aunque aparentemente solo es una nomenclatura, de cara a un potencial cliente le ofrece mayor confianza por contar con la seguridad jurídica que ofrece el estar colegiado. Por tanto, podría considerarse como una ventaja competitiva para la captación de clientes.

Otra de las principales ventajas a destacar es que el administrador colegiado está cubierto por un seguro de responsabilidad civil para posibles negligencias u omisiones en el ejercicio de sus funciones. Además, también cuenta con un seguro de caución para responder de su gestión económica.

 Cuando nos referimos a la “seguridad jurídica” queremos decir que un administrador colegiado debe cumplir una serie de requisitos para serlo, es decir, los órganos colegiales se aseguran de que ese administrador cuente con la titulación necesaria. Igualmente, estos órganos colegiados velarán porque el administrador colegiado cumpla la normativa en el ejercicio de sus funciones, teniendo que respetar el código deontológico europeo de profesionales inmobiliarios.

Por ello, los Colegios ejercen su actividad disciplinaria para tener un cierto control sobre los profesionales y que todas sus acciones discurran con normalidad jurídica y, en el caso de que actúen apartándose de la normativa, sea detectable y se pueda sancionar incluso a suspender su actividad si así fuera necesario.

Además, estar colegiado tiene muchas otras ventajas, por ejemplo, la formación. El colegiado se puede beneficiar de cursos y titulaciones específicas de su área y normalmente en condiciones especiales. En algunos casos hasta de forma gratuita, pero siempre, con descuento o ventajas por ser colegiado. En este sentido, el administrador colegiado también recibe el asesoramiento jurídico, fiscal y laboral que ofrece el Colegio.

Para que tengamos conocimiento de las ventajas que nos ofrece estar colegiado, haremos un listado:

  1. a)     Contar con un seguro de responsabilidad civil.
  2. b)     Estar cubierto por un seguro de caución.
  3. c)   Contar con la gratuidad y descuentos de los cursos de formación y aprendizaje.
  4. d) Asesoramiento continuo por el colegio en materia fiscal, laboral, jurídica y arquitectónica.
  5. e) Actuación en el ejercicio de sus funciones, bajo el amparo y vigilancia del colegio, a través del cumplimiento de los códigos deontológicos y disciplinarios.
  6. f)   El colegio también ofrece el servicio de mediación y arbitraje para la resolución de posibles conflictos de forma rápida y eficiente.

Este listado que no es “numerus clausus”, es decir, que todavía existen mas ventajas, aunque nosotros hemos querido señalar las principales, hace que la opción de ser administrador de fincas colegiado sea la opción más recomendable.

¿Es obligatorio colegiarse para ser administrador de fincas?

Ya hemos explicado las diferentes ventajas y beneficios de ser un administrador de fincas colegiado, pero, no quiere decir que sea obligatorio. Tal y como mencionábamos al inicio de este artículo el administrador de fincas puede ejercer su profesión tanto si está colegiado como si no lo está. Lo que quiere decir que colegiarse es una opción, quizás la más recomendable pero no la única.

Por este motivo, puede ser que todavía hoy existan muchas dudas sobre tal obligatoriedad. De hecho, es fácil encontrar propietarios de inmuebles que no sabrían responder ante la pregunta de si su administrador debe estar colegiado para ejercer la profesión.

Desventajas de colegiarse como administrador de fincas

La verdad es que no hemos encontrado desventajas para poder elaborar un listado de razones para no recomendar la colegiación, aunque sí que cabría destacar una: eliminar el coste de la colegiación.

Como es natural, estar colegiado conlleva un coste. Cualquier profesional colegiado debe pagar una cuota que puede ser mensual, semestral, o bien, anual. El coste no suele ser muy elevado, aunque si no se está colegiado será un “gasto” que podrá ahorrarse a final de mes.

De igual forma, lo que resulta evidente, es que existen más ventajas que desventajas, así que lo recomendable es ejercer la profesión estando vinculado a un colegio profesional.

Conclusión

CAFirma es la plataforma oficial del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España que vela por la profesionalización de la figura del Administrador de Fincas.

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